Desde la entrada en vigor de la última modificación de la Ley Concursal, los administradores concursales están obligados a tener suscrito un seguro de responsabilidad civil. La cobertura mínima será de 500.000 €, debiéndose aumentar a 2.000.0000 o 5.000.000 € en función del tipo de concursos atendidos.
El seguro de los administradores concursales deberá así mismo dar cobertura a los auxiliares que autorizados por el juez, colaboren con el administrador en el desarrollo de sus funciones.